Horas anuales requeridas: Deberán completarse catorce (14) horas de cursos de formación continua para cumplir los requisitos de renovación anual de la inscripción, como se indica a continuación:
1. Cursos presenciales:
a. Al menos ocho (8) horas del curso deben ser completadas en persona por el inspector de viviendas con un instructor aprobado por la Junta que imparta el curso cara a cara.
b. El curso debe ser completado durante los 24 meses anteriores al primer día del siguiente período de registro aprobado por la Junta.
c. También se pueden obtener créditos de cursos presenciales de formación continua completando módulos individuales de un plan de estudios presencial integral de preinscripción aprobado por el Consejo si el proveedor de dicho plan de estudios lo permite u ofrece.
d. El inspector de viviendas también puede obtener créditos por cursos presenciales de educación continua si se encuentra en un entorno de instrucción que permita la comunicación e interacción en tiempo real con un instructor que no esté cara a cara con el inspector, siempre y cuando la Junta haya aprobado el método específico mediante el cual se pueda verificar la asistencia del estudiante y/o el examen en la oferta específica.
2. Cursos a distancia:
a. No más de seis (6) horas de cursos completados pueden ser presentados para la renovación de la matrícula de crédito que se completa por correspondencia escrita o por cualquier medio en el que el inspector de viviendas no tiene la capacidad de comunicarse / interactuar con el instructor en un entorno en vivo en tiempo real.
b. Este curso debe completarse durante los 12 meses anteriores al primer día del siguiente período de registro aprobado por la Junta del inspector de viviendas.